Confirman la Canasta TUAPP hasta el mes de Junio en Resolución Presidencial

El Ministerio de Desarrollo Social publico una resolución desde Presidencia que asegura que la Canasta Sanitaria TUAPP estará vigente, al menos, hasta el mes de Junio.



Se autoriza el gasto para cubrir el período correspondiente al mes de abril hasta el mes de junio de 2021, con destino a la aplicación Tuapp, en el marco del convenio suscrito entre el Ministerio de Desarrollo Social, el Banco de la República Oriental del Uruguay y República Negocios Fiduciarios S.A..


Adjuntamos la Resolución de Presidencia

VISTO: el Convenio suscrito entre el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), el Banco de la República Oriental del Uruguay y República Negocios Fiduciarios S.A. (RENEFISA), en su calidad de fiduciaria del “Fideicomiso de Administración Plataforma de Negocios Electrénicos TUAPP”, aprobado por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 930/020 de fecha 14 de abril de 2020;

RESULTANDO: 
I) que en el marco del citado Convenio y mediante la plataforma TUAPP, se otorga a determinado publico objetivo que se registra en la aplicación, una partida Única en pesos uruguayos, canjeable en comercios por alimentos y otros bienes; 
II} que en una primera liberación de la plataforma, se inscribieron 30.000 (treinta mil) personas, lo que implica un gasto de $ 36.000.000 (pesos uruguayos treinta y seis millones), autorizado por la Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 936/020 de 15 de abril de 2020; 
Ill) que desde dicha instancia, el numero de personas inscritas a efectos de recibir dicho beneficio ha aumentado y por consiguiente se han autorizados importes a efectos de cubrir el mismo

CONSIDERANDO: 
I) que no se conoce cual sera la demanda final de este beneficio, habiéndose inscrito mas de 150.000 (ciento cincuenta mil) en una primera instancia, la que se incrementé en los meses posteriores, por lo que a efectos de afrontar la erogación, se deberá tener en cuenta la suma de inscritos anteriormente; 
Il) que esta imprevisibilidad obliga a ir aprobando el beneficio establecido, a medida que se vaya presentando, por lo que la situación encuadra en lo establecido por el articulo 43 del TOCAF
Ill) que la situación de emergencia sanitaria que vive el pais implica por parte del MIDES la atención inmediata de esta población no contemplada dentro de su publico objetivo ni del Banco de Previsión Social, pero cuya vulnerabilidad ha acrecido en la actualidad;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la normativa citada;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE: 

1°) Autorizase el gasto por la suma total de $ 1.561.956.750 (pesos uruguayos mil quinientos sesenta y un millones novecientos noventa y seis mil setecientos cincuenta) para cubrir el periodo correspondiente al mes de abril hasta el mes de junio de 2021, con destino a la aplicación TUAPP, en el marco del Convenio suscrito entre el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), el Banco de la República Oriental del Uruguay y República Negocios Fiduciarios S.A. (RENEFISA), en su calidad de fiduciaria del “Fideicomiso de Administración Plataforma de Negocios Electrónicos TUAPP”, que otorga el beneficio de una canasta alimentaria, con los criterios de selección de publico objetivo definidos por el MIDES, ad referéndum de la intervención preventiva del gasto por el Tribunal de Cuentas y de que el presente gasto encuadre dentro de lo dispuesto en alguna de las situaciones previstas en el articulo 1° de la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020, y cuente con la autorización del Ministerio de Economía y Finanzas para financiarse con cargo al “Fondo Solidario COVID- 19” creado por el articulo 1° de la norma referida. 

2°) Pase al Ministerio de Economía y Finanzas a fin de atender la presente erogación, al amparo de lo establecido en el articulo 1° de la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020, con cargo al "Fondo Solidario COVID-19"

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