Se autoriza el gasto para cubrir el período correspondiente al mes de abril hasta el mes de junio de 2021, con destino a la aplicación Tuapp, en el marco del convenio suscrito entre el Ministerio de Desarrollo Social, el Banco de la República Oriental del Uruguay y República Negocios Fiduciarios S.A..
Adjuntamos la Resolución de Presidencia
VISTO: el Convenio suscrito entre el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES),
el Banco de la República Oriental del Uruguay y República Negocios
Fiduciarios S.A. (RENEFISA), en su calidad de fiduciaria del “Fideicomiso de
Administración Plataforma de Negocios Electrénicos TUAPP”, aprobado por
Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 930/020 de fecha 14 de abril
de 2020;
RESULTANDO:
I) que en el marco del citado Convenio y mediante la
plataforma TUAPP, se otorga a determinado publico objetivo que se registra en
la aplicación, una partida Única en pesos uruguayos, canjeable en comercios
por alimentos y otros bienes;
II} que en una primera liberación de la plataforma, se
inscribieron 30.000 (treinta mil) personas, lo que implica un gasto de $
36.000.000 (pesos uruguayos treinta y seis millones), autorizado por la
Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 936/020 de 15 de abril de
2020;
Ill) que desde dicha instancia, el numero de personas
inscritas a efectos de recibir dicho beneficio ha aumentado y por consiguiente
se han autorizados importes a efectos de cubrir el mismo
CONSIDERANDO:
I) que no se conoce cual sera la demanda final de este
beneficio, habiéndose inscrito mas de 150.000 (ciento cincuenta mil) en una
primera instancia, la que se incrementé en los meses posteriores, por lo que a
efectos de afrontar la erogación, se deberá tener en cuenta la suma de
inscritos anteriormente;
Il) que esta imprevisibilidad obliga a ir aprobando el
beneficio establecido, a medida que se vaya presentando, por lo que la
situación encuadra en lo establecido por el articulo 43 del TOCAF
Ill) que la situación de emergencia sanitaria que vive el
pais implica por parte del MIDES la atención inmediata de esta población no
contemplada dentro de su publico objetivo ni del Banco de Previsión Social,
pero cuya vulnerabilidad ha acrecido en la actualidad;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la normativa citada;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorizase el gasto por la suma total de $ 1.561.956.750 (pesos uruguayos
mil quinientos sesenta y un millones novecientos noventa y seis mil setecientos
cincuenta) para cubrir el periodo correspondiente al mes de abril hasta el mes
de junio de 2021, con destino a la aplicación TUAPP, en el marco del Convenio
suscrito entre el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), el Banco de la
República Oriental del Uruguay y República Negocios Fiduciarios S.A.
(RENEFISA), en su calidad de fiduciaria del “Fideicomiso de Administración
Plataforma de Negocios Electrónicos TUAPP”, que otorga el beneficio de una
canasta alimentaria, con los criterios de selección de publico objetivo definidos
por el MIDES, ad referéndum de la intervención preventiva del gasto por el
Tribunal de Cuentas y de que el presente gasto encuadre dentro de lo
dispuesto en alguna de las situaciones previstas en el articulo 1° de la Ley N°
19.874, de 8 de abril de 2020, y cuente con la autorización del Ministerio de
Economía y Finanzas para financiarse con cargo al “Fondo Solidario COVID-
19” creado por el articulo 1° de la norma referida.
2°) Pase al Ministerio de Economía y Finanzas a fin de atender la presente
erogación, al amparo de lo establecido en el articulo 1° de la Ley N° 19.874,
de 8 de abril de 2020, con cargo al "Fondo Solidario COVID-19"
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